Actualmente el catastro tiene 3 finalidades:
- La Tenencia de la tierra: Guardar la seguridad jurídica del derecho de propiedad a través de la inscripción y archivo de las mensuras, que son la base de las escrituras de traslación y dominio
- El uso: Brindar una base para el planeamiento urbano
- El valor de la tierra: Dar una base para el calculo del impuesto Inmobiliario
En Costa Rica con el fin de hacer un levantamiento de un plano de las carreteras, calles y caminos públicos, ferrocarriles y ríos, que sirvieran para delimitar las diferentes zonas o regiones del territorio nacional, se estableció en 1916 la oficina de catastro nacional.
Según esa ley: “El Catastro consiste en la representación y descripción gráfica, numérica, literal y estadística de todas las tierras comprendidas en el territorio nacional. Su funcionamiento es de interés público y sirve a los fines jurídicos, económicos, fiscales, administrativos y a todos aquellos que determinen las leyes y sus reglamentos”
En cuanto al contenido del catastro, la ley define los documentos fundamentales
en el Artículo 3, ley Nº 6545 dice:
a) Los mapas catastrales que mostrarán la ubicación, identificación y linderos de las parcelas.
b) Los registros catastrales constituidos por: las fichas catastrales, los índices de parcelas por mapas y los índices alfabéticos.
c) De conformidad con los planes del Catastro, podrán incorporarse los documentos en que conste el uso actual y potencial de las tierras, las aguas comprendidas , los recursos naturales y cualesquiera otros que sirvan para los fines específicos del Catastro”
Ejemplo de plano Catastrado. |
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